Consultoría Financiera

Qué hacer si no llego a pagar las nóminas a final de mes

Por Juan del Pino, Gestor tributario colegiado AECE nº 3962 · Lectura: 4 min

Si tu empresa no llega a pagar las nóminas, lo primero es cuantificar el hueco exacto y la fecha, después activar cobros y crédito disponibles en 72 horas, y solo en último término negociar con la plantilla un calendario por escrito. Retrasar salarios genera un interés del 10 % sobre lo adeudado y, si se repite, da derecho al trabajador a extinguir el contrato con indemnización.

Día 26: el saldo no llega para el día 30

Quedan cuatro días y la cuenta no cubre las nóminas. En ese momento la tentación es actuar sobre lo que más prisa da, y el orden importa: cada decisión mal tomada en esta semana se paga durante meses.

Paso 1. Cuantificar el hueco con precisión

Suma netos de nóminas, seguros sociales del mes y cualquier pago ineludible hasta el día 5. Resta la liquidez disponible hoy y los cobros con fecha segura. Ese es el hueco real. Muchas veces resulta menor de lo que parece en el primer momento de pánico, y otras veces es mucho mayor porque se olvidan los seguros sociales o una cuota de préstamo.

Paso 2. Lo que se puede activar en 72 horas

  1. Cobros vencidos. Llamada directa del gerente a los principales deudores pidiendo el pago esta semana. Un cliente con quien hay relación personal suele adelantar un pago si se le pide con claridad.
  2. Póliza o línea disponible. Si hay margen sin disponer, este es el uso para el que existe.
  3. Anticipo de facturas. Descontar o anticipar facturas emitidas a clientes solventes es rápido si la línea ya está concedida.
  4. Aportación de los socios. Un préstamo de socio documentado es una solución puntual legítima y rápida.
  5. Reordenar pagos a proveedores de la semana. Hablar antes con ellos, no después.

Paso 3. Los riesgos legales de retrasar salarios

El salario es la obligación que más consecuencias tiene si no se cumple:

  • El retraso genera un interés por mora del 10 % de lo adeudado (artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores).
  • La falta de pago o los retrasos continuados del salario permiten al trabajador pedir la extinción del contrato con la indemnización del despido improcedente (artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores).
  • Cualquier acuerdo para fraccionar el pago con la plantilla debe ser voluntario y por escrito, y conviene revisarlo con tu asesoría laboral antes de proponerlo.

Paso 4. Seguros sociales e impuestos

Los seguros sociales presentados en plazo y pagados con retraso tienen un recargo del 10 % si se abonan dentro del mes siguiente al vencimiento, y del 20 % a partir de entonces. La Tesorería General de la Seguridad Social admite solicitudes de aplazamiento con intereses, y también Hacienda para determinadas deudas.

Una regla sin excepciones: las retenciones de IRPF practicadas en las nóminas no son dinero de la empresa. Usarlas para pagar otra cosa convierte un problema de liquidez en un problema con la Agencia Tributaria.

Qué no hacerPor qué
Pagar en efectivo sin nómina o parte "fuera"Riesgo de sanción laboral y tributaria, y problemas con el trabajador si hay conflicto
Dejar de ingresar retencionesNo son aplazables como regla general y agravan la situación con Hacienda
Retrasar el pago sin avisarDestruye la confianza de la plantilla en el peor momento
Pedir un préstamo caro al consumo a nombre del gerenteTraslada el riesgo al patrimonio personal sin resolver la causa

Paso 5. Si pasa dos veces, no es un mal mes

Un desfase puntual se explica por un cliente que se retrasó. Si ocurre de forma recurrente, el problema es estructural: el ciclo de caja no cubre la estructura de costes. Para saber cuánto margen real tiene tu empresa, empieza por calcular cuántos meses aguanta con la caja que tiene, y después revisa las palancas de cómo mejorar la liquidez sin pedir más préstamos.

El pago de las pagas extraordinarias, en los meses que fije el convenio, es el momento en que más empresas descubren el problema. Tenerlas previstas en una previsión de tesorería evita la sorpresa.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si una empresa se retrasa en el pago de las nóminas?

El trabajador tiene derecho a un interés por mora del 10 % de lo adeudado, y si los retrasos son continuados puede solicitar la extinción del contrato con la indemnización del despido improcedente.

¿Se pueden aplazar los seguros sociales?

Sí. La Tesorería General de la Seguridad Social permite solicitar aplazamientos con intereses. Si se presentan en plazo y se pagan tarde, se aplica un recargo del 10 % el primer mes y del 20 % después.

¿Puedo pagar las nóminas en dos partes?

Solo si los trabajadores lo aceptan voluntariamente y por escrito, y sin perjuicio del interés por mora. Conviene revisar el acuerdo con la asesoría laboral antes de proponerlo.

¿Puedo usar el dinero de las retenciones de IRPF para pagar salarios?

No. Las retenciones son importes que la empresa ingresa por cuenta de los trabajadores y, como regla general, no son aplazables.

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