Saltar al contenido
Asesoria Fiscal Las Palmas Asemovar

Tarifa Plana para Nuevos Autónomos

ALTA COMO AUTÓNOMOS

Tarifa Plana para Nuevos Autónomos

Durante el período comprendido entre 2023 y 2025, aquellos que se den de alta por primera vez en el Régimen de Autónomos podrán solicitar la aplicación de una tarifa reducida (conocida como «tarifa plana») de 80 euros al mes durante los primeros 12 meses de actividad. La solicitud se realizará al momento de tramitar el alta.

Estas condiciones serán aplicables a los autónomos que no hayan estado registrados en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de efecto del nuevo alta, o tres años en caso de haber disfrutado previamente de esta deducción.

Después de esos primeros doce meses, aquellos trabajadores autónomos cuyos ingresos netos anuales se prevea que sean inferiores al salario mínimo interprofesional anual correspondiente a ese período podrán solicitar también una tarifa reducida durante los siguientes doce meses. Para ello, deberán hacer la solicitud a través del servicio habilitado en Importass.

Además, las personas autónomas con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento, víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo, podrán solicitar, al momento del alta, una tarifa reducida de 80 euros durante los primeros 24 meses.

Una vez finalizado este período, si se prevé que sus ingresos netos sean iguales o inferiores al Salario Mínimo Interprofesional, podrán solicitar, a través del servicio habilitado en Importass, la aplicación de esta tarifa reducida durante los siguientes 36 meses, por un importe de 160 euros.

Todas las solicitudes de ampliación deberán ir acompañadas de una declaración que indique que los ingresos netos previstos serán inferiores al salario mínimo profesional vigente.

Las reducciones en las cotizaciones mencionadas anteriormente no serán aplicables a los familiares de los trabajadores autónomos por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, inclusive, y en su caso, por adopción, que se incorporen al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Los trabajadores por cuenta propia que se beneficien de estas ventajas podrán renunciar expresamente a su aplicación en cualquier momento, a partir del primer día del mes siguiente a la comunicación de la renuncia correspondiente. Esta solicitud también se podrá realizar a través del servicio habilitado en Importass.

Cuantía de la tarifa plana de los nuevos autónomos de 2022 y años anteriores

Los autónomos que se hubiesen beneficiado de la antigua tarifa plana a fecha de 31 de diciembre de 2022 continuaran con la misma hasta que se agote el período máximo establecido, en las mismas condiciones.

La cuantía de la tarifa plana que corresponde a estos autónomos varía a lo largo de los primeros meses de actividad, estableciéndose 3 tramos de reducción sobre la base mínima de cotización y el tipo mínimo de cotización:

  • Tramo 1: primeros 12 meses: cuota de 60 euros (reducción del 80 % sobre la cuota base).
  • Tramo 2: meses 13 al 18: reducción del 50 %.
  • Tramo 3: meses 19 al 24: reducción del 30 %.
  • Tramo 4: meses 25 al 36: reducción del 30 % para nuevos autónomos menores de 30 años y autónomas menores de 35 años.

Estas cantidades corresponden a los 294 euros mensuales que suponía en 2022 la cuota de los autónomos que cotizaban por la base mínima (960,60 euros).