Régimen Económico y Fiscal de Canarias: Guía para Empresas | Moreno y Asociados
Fiscalidad Canaria

Régimen Económico y Fiscal de Canarias: Guía para Empresas

Qué es el REF, por qué existe, y cómo combinar IGIC, RIC, DIC y ZEC para reducir de forma legal la carga fiscal de tu sociedad en Canarias.

Por Juan del Pino · Actualizado 2026

El REF es el marco normativo que reconoce la singularidad de Canarias por su lejanía, insularidad y fragmentación del territorio, y que se traduce en un conjunto de ventajas fiscales que no existen en el resto de España: un impuesto indirecto propio con tipos más bajos (el IGIC), y tres grandes incentivos a la inversión y al empleo (RIC, DIC y ZEC) que pueden reducir de forma notable la carga fiscal de una empresa que reinvierte sus beneficios en el archipiélago.

En resumen: el REF canario combina un IGIC del 7% (frente al 21% de IVA peninsular), la RIC (hasta 90% menos de base imponible del IS), la DIC (deducción directa en cuota) y la ZEC (tipo del 4% en IS para empresas de nueva creación). No son incentivos alternativos entre sí: la mayoría de empresas puede combinar varios a la vez.

Los cuatro pilares del REF que debe conocer cualquier empresa

01
7% vs. 21% IVA

IGIC

Impuesto indirecto propio de Canarias, sustituye al IVA. Afecta a prácticamente cualquier empresa que factura en el archipiélago, sin necesidad de solicitarlo.

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02
Hasta 90% menos IS

RIC

Reduce la base imponible del Impuesto de Sociedades destinando beneficios no distribuidos a inversión productiva en Canarias.

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03
Deducción en cuota

DIC

Deducción directa en la cuota íntegra del IS por inversiones concretas, con porcentajes superiores a los del régimen general.

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04
4% de IS

ZEC

Tributación reducida en el Impuesto de Sociedades para entidades de nueva creación que cumplan requisitos de inversión y empleo.

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Estos cuatro incentivos inciden directamente en el Impuesto de Sociedades en Canarias: consulta la guía completa de tipos, bonificaciones y cómo combinarlos según el caso de tu empresa.

¿No sabes cuál de estos incentivos aplica a tu empresa? Lo revisamos en una consulta gratuita.

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Por qué existe un régimen fiscal diferenciado en Canarias

La lejanía respecto al continente europeo, la fragmentación en ocho islas y los sobrecostes logísticos que eso genera para cualquier empresa que opera aquí son la justificación de fondo del REF, reconocida tanto por la normativa española como por la Unión Europea.

No es un privilegio arbitrario: el REF compensa una desventaja estructural real.

Cómo saber qué parte del REF aplica a tu empresa

  • IGIC: afecta a prácticamente cualquier empresa que factura en Canarias, sin necesidad de solicitarlo.
  • RIC y DIC: abiertas a empresas ya existentes con beneficios que reinvertir.
  • ZEC: exige constituir una entidad nueva y cumplir requisitos más estrictos de inversión y empleo mínimo, por lo que no encaja igual de bien en todos los casos.

Si quieres saber qué parte del REF puede aplicar a tu empresa, revisa nuestra asesoría fiscal o cuéntanos tu caso a través del formulario de contacto.

Resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes

¿El REF aplica igual en todas las islas?

Sí, es normativa autonómica y estatal común a todo el archipiélago, aunque algunos requisitos (como los umbrales de inversión de la ZEC) varían según la isla donde se ubique la actividad.

¿Una empresa peninsular que abre sede en Canarias puede beneficiarse del REF?

Sí, cualquier entidad con actividad y domicilio efectivo en Canarias puede acceder a los incentivos del REF que le correspondan, con independencia de dónde esté su matriz.

¿El REF tiene fecha de caducidad?

El régimen se ha ido prorrogando y actualizando por sucesivas normas europeas y estatales; conviene verificar la vigencia actual de cada incentivo concreto, ya que no todos tienen el mismo horizonte temporal.

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