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Qué es el IGIC en Canarias

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¿Qué es el IGIC en Canarias y dónde se aplica?

El Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) es un impuesto indirecto que se aplica en las Islas Canarias. El IGIC es el equivalente al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en el resto de España, pero con particularidades propias de la legislación canaria.

El IGIC se encuentra regulado por la Ley 20/1991, de 7 de junio, del Impuesto General Indirecto Canario, y su normativa complementaria. Este impuesto grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en Canarias, así como las importaciones de bienes a dicha comunidad autónoma.

¿Cómo facturar con el IGIC en Canarias?

La facturación con el IGIC requiere seguir una serie de pasos y requisitos específicos. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes a tener en cuenta:

  1. Identificación del impuesto: En la factura, es necesario indicar claramente que se trata de una operación sujeta al IGIC. Esto se puede hacer mencionando el tipo impositivo aplicado y la cantidad de impuesto incluida. Si eres comerciante minorista no debes aplicar el igic a tus clientes, pero si soportarlo.
  2. Datos fiscales: Tanto el emisor como el receptor de la factura deben incluir sus datos fiscales completos, como el nombre o razón social, el número de identificación fiscal (NIF) y la dirección.
  3. Desglose del importe: La factura debe incluir un desglose claro del importe total, indicando el importe gravado con IGIC y el importe exento.
  4. Cálculo del IGIC: El IGIC se calcula aplicando el tipo impositivo correspondiente al valor gravado con el impuesto. Existen diferentes tipos impositivos en función del tipo de bien o servicio.
  5. Obligaciones de conservación: Tanto el emisor como el receptor de la factura tienen la obligación de conservar copias de las facturas emitidas o recibidas durante un período de tiempo determinado.

Es importante tener en cuenta que la normativa del IGIC puede estar sujeta a cambios, por lo que es recomendable consultar la legislación vigente o asesorarse con un profesional especializado para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales.

Sujetos pasivos del IGIC en Canarias

En el ámbito del IGIC, se consideran sujetos pasivos aquellas personas o entidades que realizan entregas de bienes o prestaciones de servicios sujetas al impuesto. Los sujetos pasivos pueden ser tanto empresarios como profesionales, así como otras entidades que realicen actividades económicas en Canarias.

Es importante destacar que los sujetos pasivos del IGIC están obligados a presentar las correspondientes autoliquidaciones del impuesto en los plazos establecidos y a cumplir con las obligaciones formales previstas por la normativa vigente.

Tipos impositivos del IGIC

El IGIC cuenta con diferentes tipos impositivos, los cuales se aplican en función de la naturaleza de los bienes o servicios gravados. Algunos de los tipos impositivos más comunes son:

  1. Tipo general: Se aplica a la mayoría de las entregas de bienes y prestaciones de servicios no exentas de IGIC. Actualmente, el tipo general del IGIC es del 7%.
  2. Tipo reducido: Se aplica a determinadas operaciones con bienes o servicios, como alimentos básicos, medicamentos, libros, viviendas de protección oficial, entre otros. El tipo reducido del IGIC es del 3%.
  3. Tipo incrementado: Se aplica a ciertas operaciones específicas, como el juego y las bebidas alcohólicas. El tipo incrementado del IGIC puede variar según el bien o servicio gravado.

Es importante tener en cuenta que estos tipos impositivos pueden estar sujetos a modificaciones por parte de la normativa vigente, por lo que se recomienda consultar la legislación actualizada o buscar asesoramiento profesional para obtener información precisa sobre los tipos impositivos vigentes en cada momento.

Operaciones exentas del IGIC

Existen determinadas operaciones que se encuentran exentas del IGIC, es decir, no están sujetas al impuesto. Algunas de las operaciones exentas más comunes son:

  1. Exportaciones de bienes: Las ventas de bienes que se realicen con destino a territorios fuera del ámbito del impuesto están exentas de IGIC.
  2. Operaciones financieras: Las operaciones de crédito, préstamo y otras operaciones financieras también se encuentran exentas del IGIC.
  3. Determinados servicios sanitarios y sociales: Algunos servicios relacionados con la salud y la asistencia social pueden estar exentos del IGIC.
  4. Operaciones inmobiliarias específicas: Existen casos particulares de operaciones inmobiliarias que pueden estar exentas del IGIC, como las relativas a viviendas de protección oficial.

Régimen simplificado del IGIC

El régimen simplificado del IGIC es un sistema especial de tributación aplicable a determinados empresarios y profesionales cuya actividad económica se encuentre dentro de los límites establecidos por la normativa. Este régimen simplificado ofrece una serie de ventajas y simplificaciones en relación con las obligaciones fiscales.

Los sujetos acogidos al régimen simplificado del IGIC se benefician de una reducción de los trámites administrativos y de una tributación basada en módulos o estimaciones objetivas, en lugar de tener que llevar una contabilidad completa.

Sin embargo, es importante destacar que no todos los sujetos pasivos pueden acogerse a este régimen simplificado, ya que existen requisitos y limitaciones establecidos por la normativa del IGIC. Por tanto, es recomendable informarse adecuadamente y contar con el asesoramiento de un profesional para determinar si se cumplen los requisitos necesarios para acogerse a este régimen.

Obligaciones formales y fiscales

Los sujetos pasivos del IGIC tienen una serie de obligaciones formales y fiscales que deben cumplir en relación con este impuesto. Algunas de las obligaciones más relevantes son:

  1. Presentación de autoliquidaciones: Los sujetos pasivos deben presentar periódicamente las autoliquidaciones del IGIC, donde se detallan las operaciones realizadas y el importe del impuesto a ingresar.
  2. Facturación: Como se mencionó anteriormente, los sujetos pasivos deben emitir facturas que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa del IGIC.
  3. Conservación de documentos: Tanto las facturas emitidas como las recibidas deben conservarse durante un período de tiempo determinado, a efectos de comprobación e inspección.
  4. Declaración de operaciones intracomunitarias: En caso de realizar operaciones con otros Estados miembros de la Unión Europea, es necesario cumplir con las obligaciones relativas a las declaraciones de operaciones intracomunitarias.

Es fundamental cumplir con estas obligaciones de manera correcta y puntual, ya que el incumplimiento puede conllevar sanciones y perjuicios económicos. Para asegurarse de cumplir adecuadamente con las obligaciones formales y fiscales del IGIC, se recomienda contar con el apoyo de un asesor fiscal especializado en este impuesto.

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Libros contables obligatorios para los sujetos del IGIC en Canarias

Los sujetos pasivos del IGIC están obligados a llevar una serie de libros contables y registros fiscales, con el fin de documentar y respaldar las operaciones realizadas y los impuestos aplicados. Algunos de los libros contables más comunes son:

  1. Libro de registros de facturas recibidas: En este libro se registran todas las facturas de compras o gastos recibidas, detallando los datos correspondientes a cada operación.
  2. Libro de registros de facturas expedidas: En este libro se registran todas las facturas de ventas o servicios emitidas, incluyendo la información relevante de cada operación.
  3. Libro de bienes de inversión: Este libro se utiliza para registrar las adquisiciones de bienes de inversión, detallando la información necesaria para el cálculo del IGIC correspondiente.
  4. Libro de provisiones de fondos: En caso de realizar operaciones sujetas a retención o ingresos a cuenta, es necesario llevar un libro de provisiones de fondos donde se registren las retenciones practicadas.

Estos son solo algunos ejemplos de los libros contables obligatorios para los sujetos del IGIC. Es fundamental llevar estos libros de manera precisa y actualizada, ya que constituyen una prueba documental importante en caso de inspecciones o requerimientos por parte de la Administración Tributaria.

¿Y si venden a Canarias desde la Península?

Si realizas ventas desde la Península hacia las Islas Canarias, debes tener en cuenta algunas consideraciones específicas relacionadas con el IGIC y las operaciones intracomunitarias.

En primer lugar, al tratarse de una venta a una comunidad autónoma que aplica el IGIC en lugar del IVA, no deberás incluir el IVA en tus facturas, sino que deberás aplicar el impuesto correspondiente. Deberás calcular el importe del IGIC aplicando el tipo impositivo correspondiente a la operación realizada.

Además, es importante tener en cuenta las particularidades del régimen fiscal de Canarias, como la posibilidad de aplicar beneficios fiscales y exenciones específicas en determinados casos. Por tanto, es recomendable asesorarse adecuadamente o consultar la normativa vigente para garantizar un cumplimiento correcto de las obligaciones fiscales en estas operaciones.

En resumen, es el impuesto indirecto que se aplica en las Islas Canarias y tiene características similares al IVA, pero con particularidades propias de la legislación canaria. Los sujetos pasivos del impuesto , deben cumplir con una serie de obligaciones formales y fiscales, como la facturación correcta, la presentación de autoliquidaciones y la conservación de documentos.

Además, es importante conocer los tipos impositivos , las operaciones exentas y las particularidades en caso de realizar ventas a Canarias desde la Península. Para asegurar el cumplimiento adecuado de estas obligaciones, es recomendable contar con el asesoramiento de profesionales especializados en materia fiscal.

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