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Asesoria Fiscal Las Palmas Asemovar

Reducción por arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda

El TEAC, compartiendo el criterio expresado en diversas sentencias, considera en resolución de unificación de criterio de 8 de marzo de 2018, que la reducción por arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda no se aplica a los arrendamientos de temporada.

En concreto, razona el TEAC que dicha reducción viene recogida en la LIRPF , aplicable para supuestos de arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda, sin que la normativa fiscal defina qué ha de entenderse por arrendamiento destinado a vivienda. Por ese motivo, acude a supletoriamente a la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU), de ámbito civil, para determinar qué debe considerarse como arrendamiento de vivienda a fin de establecer la procedencia o no de la aplicación de la reducción comentada.

A estos efectos, la LAU define como arrendamiento de vivienda a aquel destinado a satisfacer la necesidad permanente de residencia de quien la va a ocupar, dejando fuera de la aplicación de esta reducción a todo arrendamiento para uso distinto al de vivienda según la definición anterior.

Partiendo de lo anterior, el arrendamiento, aunque sea para uso de residencia, pero de temporada, es decir, sin carácter permanente, no entraría, según razona el TEAC, dentro de lo que la normativa del IRPF considerar como arrendamiento de vivienda a efectos de la aplicación de la reducción por arrendamiento de vivienda.

De esta manera, la temporalidad constituye el criterio diferenciador que motiva la aplicación o no de dicha reducción. En el arrendamiento de vivienda, la de satisfacer una necesidad permanente; y en el arrendamiento para uso distinto de vivienda, la de satisfacer una necesidad temporal. El criterio relevante para distinguir unos arrendamientos de otros es, por tanto, la finalidad a la que se destina la vivienda, para uso permanente o temporal.

El arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda es una figura legal que permite a una persona o entidad alquilar una propiedad inmobiliaria con el fin de habitarla como vivienda habitual. Este tipo de contrato de arrendamiento regula los derechos y obligaciones tanto del arrendador (propietario) como del arrendatario (inquilino).

En España, el arrendamiento de viviendas está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que establece los derechos y deberes de ambas partes, así como los procedimientos a seguir en caso de conflictos. Esta ley protege los intereses tanto del propietario como del inquilino, buscando un equilibrio entre ambas partes.

El contrato de arrendamiento de vivienda debe formalizarse por escrito y contener información clave, como la identificación de las partes, la descripción detallada del inmueble, la duración del contrato, el importe del alquiler y las condiciones de pago. Además, es recomendable incluir cláusulas que regulen otros aspectos importantes, como el mantenimiento de la vivienda, las reparaciones a cargo de cada parte y las condiciones para la prórroga o terminación del contrato.