El cierre fiscal no debería empezar en enero, cuando ya no hay margen de maniobra sobre las cifras del año que termina. Las decisiones que más ahorro fiscal generan (dotar RIC, adelantar o retrasar una inversión, revisar la prorrata de IGIC) se toman en octubre o noviembre, con una estimación razonable del resultado del ejercicio todavía sobre la mesa.
Checklist de cierre: qué revisar antes de que acabe el año
- Estimar el resultado contable y fiscal del ejercicio con al menos dos meses de margen.
- Decidir el importe a dotar a la RIC si hay beneficio no distribuido que reinvertir.
- Revisar qué inversiones del año pueden acogerse a la DIC.
- Comprobar que las cuatro autoliquidaciones de IGIC del año cuadran antes de presentar el modelo 425.
- Revisar provisiones pendientes: insolvencias, garantías, indemnizaciones comprometidas.
- Verificar que el inventario físico coincide con el contable antes de cerrar existencias.
Por qué conviene hacerlo con dos meses de antelación, no en enero
Dotar la RIC, decidir una inversión que active la DIC o ajustar la prorrata de IGIC son decisiones que, una vez terminado el ejercicio, ya no se pueden tomar: solo queda declarar lo que ya ocurrió. Adelantar el cierre a octubre-noviembre da margen real para tomar esas decisiones con la información del año casi completa.
Errores de cierre más habituales que vemos cada año
Dejar la dotación de RIC para el último momento sin tener claro en qué se va a materializar, provisiones que se olvidan de un año a otro, y empresas que cierran el inventario contable sin haber hecho un recuento físico real, lo que genera descuadres que aparecen meses después en la auditoría o en una revisión de Hacienda.
Si quieres revisar el cierre de tu empresa con margen suficiente, consulta nuestra asesoría fiscal o cómo llevamos los asientos contables.
3. Bloque de FAQ
¿Cuándo debería empezar a preparar el cierre fiscal de mi empresa?
Lo razonable es empezar en octubre o noviembre, con una estimación del resultado del ejercicio, para poder tomar decisiones fiscales que ya no son posibles una vez cerrado el año natural.
¿El cierre fiscal y el cierre contable son lo mismo?
Están muy relacionados pero no son idénticos: el cierre contable ordena las cuentas anuales, mientras que el cierre fiscal incluye además las decisiones y ajustes específicos para optimizar el Impuesto de Sociedades del ejercicio.
¿Necesito un inventario físico si mi empresa es de servicios y no tiene stock?
No, el recuento físico de existencias solo aplica a empresas con inventario de mercancías; una empresa de servicios puros centra su cierre en otros aspectos como provisiones y periodificaciones.