Como aprovechar el crédito de la formación bonificada a Empresas

¿Qué es la formación bonificada?

La Formación Bonificada, permite a las empresas disponer de una cuantía para financiar a través de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, la formación a sus trabajadores. La formación bonificada a través de estas ayudas – denominada formación programada por las empresas -abarca acciones formativas de las empresas y su objetivo es responder a las necesidades específicas de formación planteadas por las empresas y sus trabajadores.

La empresa puede decidir qué formación necesita, cómo y cuándo la realiza y organizarla encomendando la organización a una entidad externa. 

¿Quien puede beneficiarse ?

La formación bonificada es para trabajadores de empresas que estén contratados por cuenta ajena, es decir, que cuando comiencen la acción formativa, coticen a la Seguridad Social por el Régimen General. Para beneficiarse de la Formación bonificada la empresa tiene que encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

¿Qué empresas pueden acceder a las ayudas para formación mediante el sistema de bonificaciones?

Todas las empresas , cualquiera que sea su tamaño o ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores, y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.

Todos los trabajadores asalariados que prestan servicios en empresas privadas

Todas las empresas con trabajadores, tienen garantizado un crédito mínimo de 420 € Este importe irá aumentando en función de la plantilla media del ejercicio anterior. Deberás elegir la formación que deseas cursar o indicar la necesidad formativa que tiene la empresa.

Solo tiene que cumplimentar y firmar, la ficha de inscripción, el documento RTL, si la empresa tiene representante sindical, copia de la cabecera de la nómina de los trabajadores que vaya a realizar la formación. 

  • Descargar, cumplimentar y firmar la ficha de participante y el RTL, si posee represante de los trabajadores enviándolo al email formacion@estudiosanamar.es
  • Consultara el crédito de formación que disponga la empresa.
  • Elija los cursos de formación que quiere que realicen sus trabajadores y le enviaremos el presupuesto de la misma. También es posible realizar cursos a media de temáticas que no este incluidas en catalogo general de formación.
  • Una vez aceptado el presupuesto, deberá remitirnos copia de la cabecera de la nómina de cada trabajador que vaya a realizar la formación y copia del nif.
  • Al finalizar, los trabajadores reciben un titulo acreditativo de la formación realizada.
  • Su empresa se deducirá el importe abonado,  en los seguros sociales de cotización para lo cual le enviamos toda la información y las instrucciones necesarias para ello.

 

El crédito de formación bonificada que gestiona la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) se genera cada año en función de la plantilla y las cotizaciones por formación profesional del ejercicio anterior, y se pierde si no se utiliza dentro del año natural. Recomendamos a las empresas revisar su crédito disponible a principios de año y planificar la formación bonificada de sus empleados para no perder este derecho.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Se puede acumular el crédito de formación de un año para el siguiente? No, el crédito no utilizado en el ejercicio se pierde y no es acumulable.

¿Qué empresas tienen derecho a este crédito? Todas las empresas que cotizan por formación profesional, con un crédito proporcional al número de trabajadores y a la cuantía cotizada.