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Asesoria Fiscal Las Palmas Asemovar

Para qué sirve el Modelo 111 y como presentarlo

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¿Para qué se utiliza el modelo 111 y quiénes deben presentarlo? Te explicaremos en este contenido informativo.

El Formulario 111 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) debe ser presentado por todas las personas y entidades que están legalmente obligadas a retener o efectuar ingresos a cuenta, según lo establecido en el artículo 74 del Reglamento del Impuesto. Esto se aplica a aquellos que paguen o abonen ganancias en forma de dinero o bienes, sujetas a retención o ingreso a cuenta, que caigan dentro de alguna de las siguientes categorías:

¿Qué es el Formulario 111?

El Modelo 111 es el modelo en el que se declaran e ingresan las retenciones trimestrales.

– Rendimientos del trabajo

– Rendimientos de actividades económicas Actividades profesionales

– Premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatoria

– Ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos

– Contraprestaciones por la cesión de derechos de imagen: ingresos a cuenta previstos en el artículo 92.8 de la Ley del Impuesto

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¿Qué implica el Mod. 111?

El Formulario 111 es el formato en el cual se informa y realiza el pago trimestral de las retenciones.

  • Ingresos por trabajo.
  • Ingresos provenientes de las siguientes actividades económicas:
  • Premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias
  • Ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos
  • Contraprestaciones por la cesión de derechos de imagen: ingresos a cuenta previstos en el artículo 92.8 de la Ley del Impuesto

Instrucciones para completar el Mod. 111

A continuación, se detallan los aspectos esenciales para completar correctamente el formulario:

Sección «Identificación»: Incluir el NIF del declarante y el nombre completo o razón social.

Sección «Fecha de Devengo»:

a) Si se trata de liquidación trimestral, seleccionar:

1T: Primer trimestre 2T: Segundo trimestre 3T: Tercer trimestre 4T: Cuarto trimestre

b) Para liquidación mensual (Grandes Empresas y Administraciones públicas con presupuesto anual superior a 6 millones de euros), marcar:

01: enero 02: febrero 03: marzo 04: abril 05: mayo 06: junio 07: julio 08: agosto 09: septiembre 10: octubre 11: noviembre 12: diciembre

I y II. Ganancias laborales y ganancias de actividades económicas.

Incluir en cada una de estas secciones los datos relativos a las ganancias laborales y a las ganancias de actividades económicas que estén sujetas a retención o ingreso a cuenta, y que hayan sido pagadas o abonadas por el declarante durante el período de liquidación.

Ganancias en efectivo.

Casillas 01 y 07: Cantidad de beneficiarios.

Casillas 02 y 08: Monto de las percepciones. Suma total de las retribuciones sujetas a retención pagadas por el declarante.

Casillas 03 y 09: Monto de las retenciones. Total de retenciones correspondientes a las percepciones pagadas por el declarante en el período de liquidación, por ganancias laborales (casilla 03) y de actividades económicas (casilla 09).

Ganancias en especie.

Casillas 04 y 10: Cantidad de beneficiarios. Número total de personas físicas y, si corresponde, entidades bajo régimen de atribución de ingresos, que han recibido retribuciones o bienes en especie sujetos a retención de IRPF por parte del declarante durante el período de liquidación, por ganancias laborales (casilla 04) y de actividades económicas (casilla 10).

Casillas 05 y 11: Valor de las percepciones en especie. Suma total de las retribuciones o bienes en especie otorgados en el período de liquidación, valorados según las normas del artículo 43 de la Ley del Impuesto, por ganancias laborales (casilla 05) y de actividades económicas (casilla 11).

Casillas 06 y 12: Cantidad a ingresar. Total de ingresos a cuenta requeridos para las percepciones en especie pagadas por el declarante durante el período de liquidación, por ganancias laborales (casilla 06) y de actividades económicas (casilla 12).

III. Premios por participación en juegos, concursos, rifas o eventos aleatorios.

IV. Beneficios derivados de aprovechamientos forestales de vecinos en montes públicos.

En las casillas 19, 20 y 21 se indicarán los datos relacionados con las percepciones en efectivo, y en las casillas 22, 23 y 24 los correspondientes a percepciones en especie.

V. Compensaciones por cesión de derechos de imagen:

ingresos a cuenta según el artículo 92.8 de la Ley del Impuesto. Se incluirán en esta sección los datos referentes a las compensaciones sujetas a la obligación de ingreso a cuenta según el artículo 92.8 de la Ley del Impuesto, que hayan sido pagadas por el declarante durante el período de liquidación.

Total a liquidar modelo 111

Casilla 28. Incluir la suma de retenciones e ingresos a cuenta, en todos los conceptos, que se hayan indicado en las secciones anteriores de esta parte del formulario.

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Cómo enviar el modelo 111 y dónde obtenerlo

Como resultado de la Orden HAP/2194/2013 del 22 de noviembre, que regula los procedimientos y condiciones generales para presentar ciertas autoliquidaciones y declaraciones informativas tributarias, la presentación en papel preimpreso del modelo 111 ha sido eliminada. En su lugar, deberá presentarse de las siguientes maneras:

  • Electrónicamente a través de Internet, según la categoría de sujeto tributario.
  • En papel impreso generado únicamente mediante el servicio de impresión desarrollado por la Agencia Tributaria en su plataforma electrónica.

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