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Asesoria Fiscal Las Palmas Asemovar

Fraude de Ley sancionable

Hacienda pone en marcha un sistema de publicación a través de su Sede Electrónica de supuestos de Fraude de Ley, por lo que a partir de que esté publicado podrá empezar a sancionar por ello.

Forma de inicio Iniciación de oficio

Solicitante

Administración

Lugar de presentación No aplicable. El procedimiento se inicia de oficio.

Fases del procedimiento/servicio Inicio: El procedimiento será iniciado de oficio mediante acuerdo del órgano competente.

Tramitación:

El órgano encargado de tramitar el procedimiento realizará de oficio los actos de instrucción necesarios para determinar, conocer y comprobar los datos en base a los cuales se emitirá la resolución. Los interesados podrán presentar alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio en cualquier momento del procedimiento, antes del trámite de audiencia. Una vez instruidos los procedimientos y previo a la redacción de la propuesta de resolución, se pondrán en conocimiento de los interesados para que puedan realizar alegaciones y presentar los documentos pertinentes.

Terminación: El procedimiento finalizará con la emisión de una resolución por parte del órgano competente, en la cual se declarará el fraude de ley o su inexistencia.

Formularios Tramitación electrónica

Plazo de resolución 3 meses

Órgano de resolución

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Hasta ahora, cuando un contribuyente trataba de eludir una tributación haciendo pasar una operación por otra menos gravosa, Hacienda, además de regularizar y tributar por la verdadera naturaleza de la operación, sólo sancionaba en caso de que considerara que había existido una simulación, esto es, que considerara que se producía un engaño tratándose de ocultar la operación que realmente se estaba llevando a cabo.

Ahora, además podrá sancionar cuando no exista dicha ocultación, fraude de ley. Por ejemplo emplear una sociedad interpuesta para desviar ingresos de la actividad ejercida como persona física y no superar de este modo los límites de exclusión de módulos. En este caso no hay ocultación, dado que se utiliza una figura lícita (la sociedad) y a la vista, para eludir una tributación.

La normativa prevé que dichos supuestos de fraude de ley podrán ser sancionados siempre y cuando se hagan públicos  y a partir de ahora la AEAT prevé llevar a cabo este tipo de publicaciones recogiendo supuestos de fraude de ley que podrán ser sancionados desde su publicación.

Fraude de Ley Tributaria

Contestar requerimientos, efectuar alegaciones y/o aportar documentos o justificantes

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