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Asesoria Fiscal Las Palmas Asemovar

Estado de Alarma, Medidas Empresariales

asesoria

En el día 14-3 se declaró el Estado de Alarma y sus Medidas Empresariales, por el Coronavirus, con una duración de quince días naturales. Entre otras medidas empresariales, se va a detallar las que puedan afectar a nivel empresarial.

1- Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas:

A excepción de los siguientes establecimientos comerciales minoristas:

1- Establecimientos de Alimentación y bebidas

2- Establecimientos Productos y bienes de primera necesidad

3- Establecimientos farmacéuticos

4-  Médicos, ópticas y productos ortopédicos

5- Productos higiénicos, peluquerías, prensa y papelería,

6 – Combustible para la automoción, Estancos

7- Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones

8- Alimentos para animales de compañía.

9- Comercio por internet, telefónico o correspondencia

10- Tintorerías y Lavanderías.

2. La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos.

En todo caso, se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios.

Es recomendable habilitar, si es posible, separaciones físicas (mamparas, cintas separadoras etc..), entre el personal y los clientes. 

También es conveniente la separación física entre empleados de un metro al menos. 

3. Se suspenden las actividades de hostelería y restauración, pudiendo prestarse exclusivamente servicios de entrega a domicilio.

4. Se suspende la apertura al público de los museos, archivos, bibliotecas, monumentos, así como de los locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, las actividades deportivas y de ocio indicados.

Estado de Alarma Medidas Empresariales 

1- Los plazos de los procedimientos administrativos, no continuarán durante este periodo las entidades del sector público.

El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

2- Se concederán aplazamientos de deudas tributarias que se encuentren en las siguientes situaciones:

Período voluntario de pago desde el 13 de marzo, hasta el 30 de mayo.

– El aplazamiento es previa solicitud, sin necesidad de aportar garantías y hasta un máximo de 30.000€.

– Se permite también el aplazamiento de retenciones, ingresos a cuenta, pagos fraccionados e IVA. ( El aplazamiento de las cuotas del igic esta pendiente de aprobación)

– Plazo de 6 meses sin devengo de intereses de demora en los 3 primeros.

Estado de Alarma Medidas Empresariales

Empresas del sector turístico y vinculados a ellas 

Posibilidad de Financiación a traves de Créditos ICO para Autónomos y empresas que formalicen operaciones en la Línea ICO Empresas y Emprendedores, cuya actividad esté dentro de un CNAE del sector turístico y  o bien su domicilio social se encuentre en la en la Comunidad Autónoma de Canarias  y  mantengan créditos  sin cobrar superiores a dentro de los procedimientos de insolvencia. (ESTA NORMA ESTA PENDIENTE QUE EL ICO, LO IMPLANTE)

Ayudas para Autónomos y Pymes afectadas por el Estado de Alarma

El Consejo de Ministros, tiene  previsto aprobar una serie de ayudas para autónomos y pymes, el Martes 17-3. 

Para empresas afectadas directamente por el cierreexisten la posibilidad de un ERTE, expediente de regulación temporal de empleo, que habría que estudiar para cada  empresa.